Número 08 – 2010

jueves, 8 de abril de 2010


A LOS COMPAÑEROS/AS:
El día 7 de abril se llevó a cabo una nueva sesión del CPE, informando sobre aquellas de orden general para conocimiento de todos Uds. En el presente informe además agrego normativas de otras instancias de decisión como Superintendencia de Riesgos de Trabajo y ANSES y que hace a la tarea cotidiana de la labor docente.
  • CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:
  1. RESOLUCIÓN N° 761/10: RECTIFICA  en   el  ANEXO  I   de  la  Resolución  N° 562/10   que   aprueba  con  carácter  experimental  el   Proyecto  “Extensión  Jornada  Escolar del Nivel Primario en una hora más”.
  2. RESOLUCIÓN N° 762/10:  DESIGNA en  carácter  de  talleristas  en el marco del Programa Formación para el  Trabajo, Protocolo Adicional N° 4 al Convenio 130/02, por el término y conforme a las horas que en cada caso se detallan en el Anexo I de la presente.
  3. RESOLUCIÓN N° 763/10: DESIGNA en  carácter  de  talleristas en el marco del Programa Formación para el Trabajo, Protocolo Adicional N° 4 al Convenio 130/02, por el término y conforme a las horas que en cada caso se detallan en el Anexo I de la presente;
  4. RESOLUCIÓN N° 769/10:  DEJA SIN EFECTO a partir del Ciclo Lectivo 2010, las Resoluciones Nº 2955/05 y Nº 3196/05 del Consejo Provincial de Educación, mediante las cuales se autorizó el funcionamiento del Instituto de Formación y Educación Superior (A-031), de Nivel Superior, de la localidad de Cipolletti.
  5. RESOLUCIÓN N° 782/10: DECLARA de Interés Educativo el Proyecto  de  Capacitación “Derechos Humanos y Educación”, organizado por la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Gobierno,  dirigido a docentes de Nivel Medio, con una carga horaria de quince (15) horas cátedra, a desarrollarse en el mes de mayo, en localidades de la línea Sur de esta Provincia.
  6. RESOLUCIÓN N° 783/10: DECLARA de Interés  Educativo el  Curso   “Caricatura  y   Dibujo Humorístico” a desarrollarse en la Localidad de Los Menucos, con una carga horaria de 45  hs. cátedra, destinado a los jóvenes que habitan los parajes de la Línea Sur, a dictarse desde el 5 al 9 de abril de 2010.
  7. RESOLUCIÓN N° 808/10: APRUEBA el  REGLAMENTO GENERAL DE LOS JUEGOS INTERCOLEGIALES RIONEGRINOS que como ANEXO I forma parte de la presente. APRUEBA  la ficha de inscripción y Ficha Médica como ANEXOS II y III conforman la presente resolución. DETERMINA  el  no  cómputo  de  inasistencias  a  los  Profesores  de Educación Física, Docentes y alumnos que participen en dichos Juegos.

  • SUPERINTENDENCIA DE RIESGO DEL TRABAJO:
  1. RESOLUCIÓN N° 37/10: Superintendencia de riesgo del Trabajo – SRT-
    Establece que los exámenes médicos en salud incluidos en el sistema de riesgos del trabajo son los siguientes:
    1. Pre ocupacionales o de ingreso;
    2. Periódicos;
    3. Previos a una transferencia de actividad;
    4. Posteriores a una ausencia prolongada, y
    5. Previos a la terminación de la relación laboral o de egreso.

    El trabajador tiene derecho a ser informado del resultado de los exámenes que se le hayan realizado y a obtener del empleador o de la A.R.T. a su requerimiento, una copia de los mismos.  Los exámenes médicos a los que se refiere la presente resolución, serán obligatorios para el trabajador, quien deberá asimismo proporcionar, con carácter de declaración jurada, la información sobre antecedentes médicos y patologías que lo afecten y de los que tenga conocimiento.                                        
ANSES:
  1. CIRCULAR GP N°10/10: establece que el personal docente que pretende ser comprendido entre los beneficiarios del Régimen especial para Docentes instituido por el Decreto 137/05, no podrá ser incluido por las razones que se detallan en la presente Circular.
  2. Resolución N° 132/10: Asignaciones Familiares - La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) entregará al adulto responsable titular de la Asignación por Hijo para Protección Social, por cada menor de DIECIOCHO (18) años a su cargo, la "LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACION" por la que se acreditará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los incisos e) y f) del artículo 14 ter de la Ley Nº 24.714. La acreditación en la libreta del requisito correspondiente al ciclo escolar estará a cargo de las autoridades del establecimiento educativo al que concurra el niño, niña o adolescente.
 
Saluda fraternalmente - Héctor Roncallo - Vocal Gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación.
Viedma, a los 08 DÍAS del mes de Abril de 2010 - Visita la página de UnTER: www.unter.org.ar , Legislación Educativa para conocer y analizar el ordenamiento temático de la legislación del sistema Educativo.