Número 31 – 2008

miércoles, 22 de octubre de 2008


A LOS COMPAÑEROS/AS: El día 17 de Octubre se realizó una nueva sesión del Consejo que entre otras Resoluciones se definieron las que se cita y que son de carácter General. Como es habitual además, en la medida de la Relación agrego normativas de otros organismos y que se vinculan con nuestra actividad, a saber:

· CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE RIO NEGRO

1. RESOLUCIÓN N° 2299/08: DEROGA en todos sus términos las Resoluciones Nº 3475/02; 3476/02; 3477/02; 3478/02 y toda otra que se oponga a la presente. APRUEBA los modelos de Certificados de Terminación de Estudios de Educación Primaria para Escuelas Primarias Común, Hogar, Adultos y Especial, que se detallan en los cinco (5) anexos respectivos. DETERMINA además que las autoridades de la Escuela de origen y de destino, a través de las Supervisiones respectivas, dentro de la Jurisdicción, deberán elevar y solicitar respectivamente que, con el Certificado de Terminación de Estudios con adecuaciones curriculares para alumnos en proceso de integración, acompañe el Legajo del alumno donde conste toda la documentación pertinente a dicho seguimiento y evaluación del mismo.

2. RESOLUCIÓN N° 2300/08: APRUEBA a partir de la presente Resolución, los modelos de Certificación de Capacitación y Constancia de asistencia que se detallan en los tres (3) Anexos respectivos, para Escuelas de Educación Básica de Adultos y Escuelas de Formación Cooperativa y Laboral y/o Unidad laboral.

3. RESOLUCIÓN N° 2337/08: DETERMINA la no publicación de las vacantes de horas cátedra producidas en el Ciclo Básico de las escuelas involucradas en la Transformación de la Escuela Secundaria y las correspondientes a los primeros años de los Establecimientos Diurnos Comunes Estatales, por los considerandos expuestos. EXCEPTUA de los términos establecidos por la presente Resolución a todos los establecimientos educativos correspondientes a la Modalidad cuyos planes pertenecen al sistema educativo de Escuelas de Educación Técnica, Centros de Capacitación Técnica, Escuelas de Aprendizaje y Oficios, Enseñanza Agropecuaria, Centros Profesionales, Escuelas Nocturnas (con planes de tres y cuatro años).

4. RESOLUCIÓN N° 2340/08: APRUEBA a partir del ciclo lectivo 2009, para la ciudad de El Bolsón, el Proyecto Curricular de la carrera “Tecnicatura Superior en Producción Agropecuaria y Forestal”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, estableciendo que el título a otorgar será “Técnico Superior en Producción Agropecuaria y Forestal.-

· CONGRESO DE LA NACIÓN:

  1. LEY 26417: A partir de la vigencia de la presente ley, todas las prestaciones previsionales otorgadas en virtud de la Ley 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-cajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación se ajustarán conforme lo establecido en el artículo 32 de la Ley 24.241 y sus modificatorias. Los beneficios otorgados en virtud de la Ley 24.241 y sus modificatorias, o en las condiciones enunciadas en el párrafo anterior, que se encontraran amparados por disposiciones especiales de reajuste dispuestos por sentencia judicial pasada en autoridad de cosa juzgada, se ajustarán a lo establecido en el artículo 32 de la Ley 24.241 y sus modificatorias, a partir de la vigencia de la presente ley, sin perjuicio del cumplimiento de la manda judicial por los períodos anteriores a la vigencia de la presente ley. Se aplicará el índice combinado previsto en el artículo 32 de la mencionada ley, sustituido por la Ley 26417. El primer ajuste en base a lo establecido en el artículo 32 y concordantes de la Ley 24.241 y sus modificatorias se aplicará el 1º de marzo de 2009.

Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN- VIEDMA, 20 de Octubre de 2008. VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).