Número 14 – 2010

miércoles, 30 de junio de 2010


A LOS COMPAÑEROS/AS: en la fecha del Lunes 28 de Junio del corriente se llevó a cabo una nueva sesión del Consejo Provincial, en la cual la mayoría de las Resoluciones emitidas contienen creaciones, renuncias, licencias, movimiento de personal entre otras consideraciones, y las que detallo son de orden general, aclarando que por no coincidir en el texto de la Resolución 1467/10 no he avalado la misma. Se detalla:
  • CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN:
  1. RESOLUCION N° 1446/10: INCLUYE,  a partir de la presente, en el Manual de Títulos para  el  Ejercicio  de  la Docencia en la Provincia de Río Negro, los títulos  de: PROFESOR EN DISCIPLINAS INDUSTRIALES EN CONCURRENCIA CON EL TÍTULO DE LICENCIADO EN TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS y el de TÉCNICO UNIVERSITARIO EN LOGÍSTICA. Incluye y modifica incumbencias para diversos títulos.
  2. RESOLUCIÓN N° 1467/10: RATIFICA la  totalidad de las actuaciones realizadas por el Ministerio de Educación desde el 1º de Agosto de 2005, relacionadas con obras de infraestructura escolar, refacciones y mantenimiento de edificios escolares, comedores escolares y adquisición de bienes e insumos destinados a los establecimientos escolares con el fin de garantizar el servicio educativo. CREA una comisión que estará conformada  por  un  (1)  representante del área de Arquitectura e Infraestructura Escolar, un (1) representante del área de Administración, un (1) representante del área de Legales y un (1) integrante del Consejo de Educación, la que tendrá    por   objetivo   analizar    establecer qué tramitaciones deberán excepcionalmente ampararse en la Ley que declara la Emergencia Educativa, fijando la modalidad de contratación a los que se ajustarán tales expedientes. Esta Comisión dictará su propio reglamento de funcionamiento, el que deberá ser aprobado por este Consejo Provincial de Educación.
  3. RESOLUCIÓN N° 1493/10: DECLARA de interés educativo el Curso , organizado por UnTER, " Formación Histórico Político en Educación de Jóvenes y Adultos", destinado a docentes de Nivel Primario y Medio de la Modalidad Adultos, con una carga horaria de veinte (20) hs. cátedra.
 
  • ANSES:
  1. RESOLUCIÓN N° 481/10: ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)- Crea el PLAN NACIONAL DE PREPARACION PARA EL RETIRO LABORAL. Establece como objetivo del Plan diseñar estrategias de intervención directa y de planificación de proyectos que permitan ejecutar acciones factibles, viables y sostenibles para abordar la problemática que se le presenta al Adulto Mayor al momento del retiro laboral, como así también a quienes por accidentes o enfermedades que provocan incapacidad deban retirarse de la actividad en forma anticipada.
  2. RESOLUCIÓN N° 494/10: Asignaciones Familiares -ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)- Modifica el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 132/10. Agrega como último párrafo del artículo 12º de la Resolución D.E.-N Nº 132/10 lo siguiente:
    Con carácter de excepción y sólo por el año 2010, la Declaración Jurada correspondiente al mes de septiembre deberá efectuarse en el mes de noviembre del corriente.
  • LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO:
  1. Ley N° 4530:  En cada sesión de la Legislatura provincial, una vez que se haya pasado lista y dado por iniciada ésta, dos  legisladores, siguiendo el orden alfabético de sus apellidos, procederán a invitación de Presidencia a las enseñas nacional y provincial, mientras los demás legisladores, junto con el público asistente, miembros del Cuerpo de Taquígrafos y demás colaboradores de la Cámara, permanecerán de pie aplaudiendo el izamiento.
  2. Ley N° 4531: Crea el Programa de Responsabilidad Social y Ambiental Empresaria en la Provincia de Río Negro. El mismo se rige por esta ley. El objeto de la implementación del Certificado de Responsabilidad Social y Ambiental (CRSA) es promover un comportamiento social y ambientalmente responsable por parte de las empresas que ejerzan su actividad en la Provincia de Río Negro.
  3. Ley N° 4532:La Provincia de Río Negro adhiere a la ley nacional nº 26378 -aprobatoria de la “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo”, aprobados por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y cuyo texto forma parte de la presente como Anexo I. Agrega a la ley D Nº 2055 –Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad– como artículo 79, el siguiente texto: "Artículo 79.-     Incorpórase a la presente ley, como Anexo I, el texto de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, aprobados por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 y ratificada por ley nacional nº 26378, a la que la Provincia de Río Negro adhiere por el rango constitucional  que ese tratado reviste”. Establece que dentro de los ciento ochenta (180) días de publicada esta ley, el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad, como autoridad de aplicación de la ley D Nº 2055, deberá analizar y revisar la normativa vigente a la par de lo establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que por la presente se incorpora al plexo jurídico rionegrino, con el fin de proponer a la Legislatura los cambios y adecuaciones que se considere necesario sancionar para incorporar a la legislación provincial.
  4. Ley N° 4534: Establece la obligatoriedad del uso de la leyenda “2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo” en los documentos oficiales a utilizarse por el Poder Ejecutivo y por el Poder Legislativo durante el año 2010, y la obligatoriedad del uso de la leyenda “2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia” en los documentos oficiales a utilizarse por el Poder Ejecutivo y por el Poder Legislativo durante el año 2016.
  5. Ley N° 4536:Establece la obligatoriedad del uso de la leyenda “Las Malvinas son Argentinas”, sobre el logotipo que simboliza nuestra soberanía de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur en los documentos oficiales a utilizarse por el Poder Ejecutivo y por el Poder Legislativo en forma permanente.
  6. Ley N° 4537:Crea la “Comisión Especial de Tierra, Vivienda y Hábitat”, la que está compuesta por los siguientes integrantes: Siete (7) legisladores provinciales designados a propuesta del Cuerpo y conforme el Reglamento Interno de la Legislatura provincial.  Dos (2) representantes designados por el Poder Ejecutivo mediante el mecanismo que aquél disponga. La Comisión se dicta su propio reglamento de funcionamiento y es presidida por un (1) legislador.
  7. Ley N° 4542:Establece el Régimen de Licencia por Maternidad y Adopción obligatorio, unificado y remunerado, para todos los agentes públicos que se desempeñen en el ámbito del sector público provincial.  La licencia por maternidad será de ciento ochenta (180)días corridos, debiendo iniciarse con una antelación no mayor a los treinta (30) días anteriores a la fecha probable de parto.  Esta ley entra en vigencia a los veinte (20) días de su publicación en el Boletín Oficial y es de aplicación a las licencias y situaciones de maternidad en curso de ejecución otorgadas bajo la normativa anterior que por la presente se modifica, debiendo adecuarse en cada caso a los derechos establecidos en este régimen.
Saluda fraternalmente - Héctor Roncallo - Vocal Gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación.
Viedma, a los 30  DÍAS del mes de Junio de 2010 - ( del Bicentenario)
Visita la página de UnTER: www.unter.org.ar , Legislación Educativa para conocer y analizar el ordenamiento temático de la legislación del sistema Educativo.