A LOS COMPAÑEROS /AS:
Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN- VIEDMA, 29 de Agosto de 2008. VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).
VIEDMA, 25 DE AGOSTO DE 2008
VISTO:
El expediente N° 138317-DCAP-08 del Registro del Consejo Provincial de Educación; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 973/08 se aprobaron los Anexo I y II del Plan de Capacitación en Servicio, destinado a los docentes de los Niveles Inicial y Primario, en sus distintas modalidades y Técnicos de E.T.A.P.;
Que por Calendario Escolar se ha establecido que la segunda instancia del Plan de Capacitación se llevará a cabo en los meses de Agosto y Septiembre de 2008;
Que en ésta instancia se realizará un desarrollo diferenciado por área curricular, nivel y modalidad. Las áreas curriculares a tratarse para el nivel primario son: Lengua, Matemática, Ciencias Sociales, Formación Ética y Ciudadana, Ciencias Naturales, Tecnología, Educación Física, Plástica y Música. Para el Nivel Inicial, los campos de conocimiento de los lenguajes estético – expresivos, la matemática y la realidad natural y social.
Que se han tenido en cuenta las evaluaciones realizadas por las Instituciones Educativas y las que aportaron Supervisores y Capacitadores, para la selección de las propuestas;
Que se considera adecuado el desarrollo de estrategias alternativas de capacitación que contemplen una visión institucional, áulica y zonal;
Que participarán como Capacitadores equipos docentes de los Institutos de Formación Docente Continua de San Antonio Oeste, San Carlos de Bariloche, El Bolsón, General Roca, Villa Regina, Luis Beltrán y Viedma, así como capacitadores externos convocados por la Subsecretaría de Formación y Capacitación Docente;
Que los fondos necesarios para el desarrollo de las acciones han sido previstos y asignados en el Presupuesto de Gastos y recursos del Plan de Apoyo a
POR ELLO:
EL CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- APROBAR
jornadas presenciales se desarrollarán en los meses de Agosto y Septiembre, según lo establecido en el Calendario Escolar aprobado por Resolución N° 2150/07.-
ARTICULO 2 ° .- FIJAR, las fechas que figuran en el anexo I de la presente resolución,
como segunda instancia del Plan de Capacitación.-
ARTÍCULO 3º.- DETERMINAR que dicha Capacitación está dirigida a docentes de los Niveles
Inicial, Primario (en sus diferentes modalidades), Técnicos de E.T.A.P., Equipos Directivos y Supervisores de los períodos Febrero-Diciembre y Marzo-Noviembre.-
ARTÍCULO 4°.-ESTABLECER que dicha capacitación será de participación obligatoria para los
docentes Titulares, Interinos y Suplentes que integren las Plantas Orgánicas Funcionales de los Establecimientos convocados, incluyendo los Equipos Directivos de los mismos. Los docentes que se desempeñen en distintas modalidades y/o turnos podrán optar por una de las capacitaciones y en el otro cumplirán tareas institucionales acordadas con el equipo directivo.-
ARTÍCULO 5°.- AFECTAR por la Dirección de Contaduría, las partidas necesarias de los
Programas de la Subsecretaría de Formación y Capacitación Docente, previstas en el Presupuesto Anual de Gastos y Recursos.-
ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR, comunicar por intermedio de
Supervisiones Escolares respectivas de las Delegaciones y Subdelegaciones Regionales de la Provincia, a las Direcciones de Niveles Inicial, Primario, de Educación Especial y de Asistencia Técnica.
RESOLUCIÓN N° 1839
Prof. Jorge Sartor – A/c Presidencia
Prof. Adriana Monti –
Consejo Provincial de Educación
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