A LOS COMPAÑEROS/AS:
Envió adjunto, para conocimiento y difusión, la RESOLUCIÓN 2004/08, que en la sesión del día 9-9-08 se definió en base a una serie de debates que se venía llevando a cabo en la Vocalía en función de situaciones diversas provenientes de distintos Establecimientos Educativos de
SE ADJUNTA:
RESOLUCIÓN 2004/08: ESTABLECE a partir de la presente que la función a ejercer por el Maestro Titular como Secretario/a, se encuadra en mayor jerarquía funcional y podrá cumplir la misma, siempre que no exista incompatibilidad horaria, en el turno igual u opuesto al cargo base. DETERMINA en consecuencia que el Maestro designado para desempeñar funciones de Secretario podrá solicitar en su cargo base el usufructo de licencia por Artículo 15º de
Saluda fraternalmente. Héctor Roncallo – Vocal gremial Docente en el Consejo Provincial de Educación – MERN- VIEDMA, 10 de Septiembre de 2008. VISITA la página de UnTER: www.unter.org.ar -legislación Educativa (Ordenamiento temático de Legislación educativa y general).
Bajar desde aquí la resolución
Comente